El verano de 2022 nos está dejando imágenes desoladoras día tras día provocadas por la cadena de incendios forestales que está teniendo lugar por todo el país. De hecho, tal es la magnitud de estos sucesos que la superficie quemada en lo que va de año ya supera a la que se calcinó en entre agosto de 2018 y 2021.
Por esta razón, el Consejo de Ministros ha aprobado la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil, también conocida como zona catastrófica, a los territorios afectados por grandes incendios en un total de 15 comunidades autónomas.
La Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil recoge que los daños materiales deben ser «ciertos, evaluables económicamente y referidos a bienes que cuenten con la cobertura de un seguro, público o privado». Este tipo de ayuda es compatible con otras ayudas o indemnizaciones, siempre y cuando la suma no supere los costes de los daños.
Los beneficiaros de las ayudas aprobadas por el Gobierno en las zonas afectadas serán aquellos que hayan sufrido daños en sus viviendas y producciones agrícolas, ganaderas, forestales o de acuicultura marina. Igualmente, se recogen ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, préstamos ICO, exenciones y reducciones de cuotas en los tributos.
Además, otra de las medidas que se contemplan en caso la emergencia impida que alguien pueda seguir desarrollando su trabajo con normalidad son las extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las reducciones temporales de la jornada de trabajo.
AYUDAS DIRECTAS
Las ayudas de recuperación previstas en este acuerdo son por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, por valor de 18.000 euros, por destrucción total de la vivienda habitual hasta una cuantía máxima de 15.120 euros, por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50% de su valoración técnica y con un límite de 10.320 euros; por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50% de su valoración técnica y con un límite de 5.160 euros.
También se contemplan ayudas por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, para su reposición o reparación, con un límite de 2.580 euros, ayudas por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta el 50% de la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros y con un límite de 9.224 euros.
Para los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios (incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos), se establece una ayuda de hasta 9.224 euros. También se recogen ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
Además, el acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
AYUDAS EN CASTILLA Y LEÓN
Por otro lado, los trabajadores por cuenta propia de Castilla y León tendrán hasta el próximo 3 de octubre para solicitar ayudas de 5.000 euros para recuperar su negocio, importe que podrá alcanzar los 100.000 euros. Además, esta ayuda se puede complementar con una línea de subvención para la financiación de activos materiales e inmateriales para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente o la diversificación de la producción o de la actividad de un establecimiento.
La cuantía se determinará como un porcentaje en función de los costes del proyecto. En el caso de que los proyectos se ubiquen en zonas afectadas por los incendios, se aplicará el tope máximo de la ayuda.
AYUDAS EN GALICIA
Por su parte, la Junta de Galicia ha establecido una serie de ayudas para la reparación de los daños originados, y se faculta en la disposición final primera a los distintos titulares de las consellerías y de las entidades del sector público para que, en el ámbito de sus competencias, dicten las disposiciones necesarias para el desarrollo del decreto, adoptando las medidas necesarias para su aplicación.
La cuantía, en el caso en el caso de reparación de los daños causados a infraestructuras, será del 100% de la inversión eligible, con un límite máximo por persona beneficiaria de 15.000 euros; en el caso de maquinaria y equipamiento forestal dañados en tareas de colaboración en las labores de extinción, será del 100% de la inversión eligible, con un límite máximo por persona beneficiaria de 50.000 euros.
En el caso de los gastos de la madera amontonada quemada y de tala, recogida y astillado de la madera quemada no comercial o trabajos de señalamiento, cubicación y/o tasación de madera comercial en montes sin gestión pública será del 100% de la inversión eligible, con un límite máximo por persona beneficiaria de 25.000 euros.
Las distintas ayudas se podrán solicitar hasta el 29 de agosto.
Consulta aquí todas las ayudas que existen en estos momentos.